Condiciones Generales para el Consumidor

Artículo 1 Definiciones

1. En estas condiciones generales se entiende por:

Cuenta: el entorno personal del consumidor en la Plataforma, al que accede mediante los datos de identificación.

Periodo de reflexión: plazo dentro del cual el consumidor puede ejercer su derecho de desistimiento.

Consumidor: una persona física que no actúa en ejercicio de una profesión o en explotación de una empresa y que concierta un contrato a distancia con el Empresario. 

Día: el día natural.

Contrato de tracto sucesivo: un Contrato a distancia relativo a una serie de productos y/o servicios, cuya obligación de entrega y/o aceptación se distribuye a lo largo del tiempo.

Soporte de datos duradero: cualquier dispositivo que permita al consumidor o al Empresario almacenar información personal dirigida a él, de tal forma que dicha información sea accesible para su uso posterior durante un plazo adecuado al objetivo para el que la información en cuestión se haya generado y que haga posible reflejar dicha información sin alteraciones.       

Derecho de desistimiento: la posibilidad de que dispone el consumidor de renunciar al contrato a distancia dentro del periodo de reflexión.

Datos de identificación: el nombre de usuario, la contraseña y la posible información de seguridad adicional del consumidor, con la que éste obtiene acceso al portal.

Empresario: el Empresario.

Contrato a distancia: un contrato por el que, en el marco de un sistema organizado por el Empresario de venta a distancia de productos y/o de servicios, se utilizan exclusivamente una o varias técnicas de comunicación a distancia hasta la celebración del contrato.            

Partes: el Empresario y el consumidor conjuntamente. 

Plataforma: el entorno digital que el Empresario pone a disposición del Consumidor, en el que éste puede hacer sus pedidos.

Condiciones de confidencialidad: aquí se desglosan los datos personales del Consumidor que el Empresario puede recabar cuando aquel utilice la Plataforma, los fines para los que se procesan dichos datos personales, las medidas de seguridad y los derechos del responsable y del interesado.

Artículo 2 Identidad del Empresario

Smartwares Europe

actuando con el nombre comercial/los nombres comerciales: www.smartwares.eu

Domicilio social & dirección física:
Smartwares Europe
Swaardvenstraat 65
5048 AV Tilburgo
Países Bajos

Número de teléfono: +31 (0)13 59 40 300
Horario: Días laborables de 08:30 a 17:00 horas
E-mail: info@smartwaresgroup.com

Número de la Cámara de Comercio: 18035465
N.I.F. neerlandés: NL800844312B01

Razón social: Tristar Europe B.V

Artículo 3 Ámbito de aplicación de las condiciones generales

  1. Estas condiciones generales son de aplicación a todas las ofertas del Empresario y a todos los contratos perfeccionados entre el Empresario y el consumidor.
  2. Antes de concertar cualquier contrato, se pondrá a disposición del consumidor el texto de las presentes condiciones generales. Si tal cosa resulta razonablemente imposible, antes de concertar el Contrato a distancia se indicará al consumidor que las condiciones generales se pueden consultar en la sede del Empresario y que, previa solicitud del consumidor, se le pueden enviar gratuitamente con la mayor urgencia posible.
  3. A diferencia de lo dicho en el punto anterior y si el contrato se ha concertado por vía electrónica, antes de proceder a la firma del contrato se puede enviar por medios electrónicos al consumidor el texto de las presentes condiciones generales, de tal manera que el consumidor las pueda guardar de forma sencilla en un soporte de datos duradero. Si tal cosa resulta razonablemente imposible, antes de concertar el contrato se indicará al consumidor dónde puede consultar electrónicamente las condiciones generales y se le informará de que, previa solicitud, se le pueden enviar gratuitamente por medios electrónicos o por cualquier otro medio.
  4. Si, además de estas condiciones generales, son de aplicación también otras condiciones específicas de producto o de servicios, los puntos segundo y tercero serán de aplicación análoga, pudiendo el consumidor, en caso de darse condiciones contradictorias, recurrir a las que sean más favorables para él.

Artículo 4 La oferta

  1. En cada oferta se indicará expresamente si es de duración limitada o si está sujeta a condiciones.
  2. La oferta contendrá una descripción completa y detallada de los productos y/o servicios objeto de la oferta. La descripción será suficientemente minuciosa, de tal forma que el consumidor pueda tener una idea adecuada de ella. Si el Empresario incluye ilustraciones en la oferta, éstas serán fieles a la realidad de los productos y/o servicios ofrecidos. Las equivocaciones y/o errores manifiestos que pudiere contener la oferta no obligan al Empresario.
  3. La oferta contendrá la información necesaria y suficiente que permita al consumidor obtener una idea clara de los derechos y obligaciones vinculados a la aceptación de la oferta. Se trata en particular de:
    • el precio, incluidos los impuestos;

    • los posibles costes de entrega;

    • la modalidad de contrato a firmar y las actuaciones necesarias para concertarlo;

    • si existe derecho de desistimiento o no;

    • el modo de pago, de entrega del producto, de prestación del servicio y de ejecución del contrato;

    • el plazo para aceptar la oferta o el plazo durante el que el Empresario garantiza el precio;

    • la tarifa de comunicación a distancia, si los costes de uso de la técnica de comunicación a distancia se van a fijar sobre una base de cálculo diferente a la tarifa básica ordinaria aplicable a ese medio de comunicación;

    • si se va a archivar el contrato después de su perfección, y, si es así, de qué manera puede consultarlo el consumidor;

    • cómo puede comprobar el consumidor los datos que haya aportado en el marco del contrato antes de la firma de éste y cómo los puede modificar;

    • los posibles idiomas, además del neerlandés, en los que pueda estar redactado el contrato;

    • los códigos de conducta a los que el Empresario se someta y cómo puede el consumidor consultar esos códigos de conducta por medios electrónicos; y

    • la duración mínima del Contrato a distancia en caso de tratarse de un contrato de tracto sucesivo.

Artículo 5 El contrato

  1. Con reserva de lo estipulado en el punto 4, el contrato se perfecciona en el momento en que el consumidor acepte la oferta y en que se cumplan las condiciones que la regirán.
  2. Si el consumidor ha aceptado la oferta por medios electrónicos, el Empresario confirmará de inmediato la recepción de la aceptación también por medios electrónicos. El consumidor podrá rescindir el contrato mientras el Empresario no haya confirmado la aceptación antedicha.
  3. Si el contrato se perfecciona por medios electrónicos, el Empresario adoptará las medidas técnicas y de organización necesarias para garantizar la protección del traspaso electrónico de datos y se asegurará de crear un entorno seguro online. Si el consumidor va a pagar por medios electrónicos, el Empresario aplicará medidas de seguridad adecuadas.
  4. El Empresario podrá informarse - dentro del marco legal - si el consumidor es capaz de cumplir sus obligaciones de pago, así como sobre cualquier hecho o factor relevante a la hora de la celebración de forma responsable del contrato a distancia. Si, en virtud de esa investigación, el Empresario tiene razones fundadas para no concertar el contrato, podrá denegar, de forma motivada, cualquier pedido o solicitud o podrá imponer condiciones especiales a la ejecución del contrato.
  5. Por cada producto, el Empresario enviará al consumidor la siguiente información por escrito, o de tal modo que el consumidor pueda almacenarla de forma accesible en un soporte de datos duradero:
    •  a. la dirección física del domicilio social del Empresario donde el consumidor pueda presentar cualquier reclamación que tuviere;
    •  b. las condiciones y el modo en que el consumidor puede ejercer el derecho de desistimiento, o la mención expresa de que no existe tal derecho de desistimiento;
    •  c. información sobre las garantías y sobre el servicio postventa;
    •  d. los datos indicados en el artículo 4, punto 3 de estas condiciones generales, salvo que el Empresario ya haya proporcionado esos datos al consumidor antes de la ejecución del contrato;
    •  e. los requisitos de rescisión del contrato si éste es de una duración superior a un (1) año o si es por tiempo indefinido.
  6. Si se trata de un contrato de tracto sucesivo, la estipulación del punto anterior solo será de aplicación a la primera entrega.
  7. El consumidor entregará puntualmente al Empresario toda la información que éste necesite para la ejecución del contrato y le prestará toda su colaboración en ese empeño. 

Artículo 6 Derecho de desistimiento

  1. El consumidor dispone de un periodo de reflexión de 14 días como mínimo para rescindir sin necesidad de alegar razones un contrato con respecto a la compra de un determinado producto. El Empresario puede preguntar al consumidor cuáles son las razones de la rescisión del contrato, pero no le puede obligar a darlas.
  2. El periodo de reflexión indicado en el punto 1 comenzará el día posterior a aquel en que el consumidor, o un tercero designado previamente por el consumidor y que no sea el transportista, hayan recibido el producto en cuestión, o:
    • si el consumidor ha encargado varios productos dentro de un mismo pedido: el día en el que el consumidor o un tercero designado por él hayan recibido el último producto. El Empresario podrá denegar el encargo de varios productos con diferentes plazos de entrega dentro de un mismo pedido, siempre que haya informado claramente al consumidor previamente al proceso de pedido.
    • si la entrega de un producto consta de varios envíos o elementos: el día en el que el consumidor o un tercero designado por él hayan recibido el último envío o el último elemento;

    • en el caso de contratos de entrega regular de productos durante un determinado periodo: el día en el que el consumidor o un tercero designado por él hayan recibido el primer producto.

Artículo 7 Obligaciones del consumidor durante el plazo de desistimiento

  1. Durante el periodo de reflexión, el consumidor manipulará con cuidado el producto y el embalaje. Solo desembalará el producto en la medida que sea necesario para poder comprobar su naturaleza, sus características y su funcionamiento. La premisa a aplicar en este caso es que el consumidor manejará y examinará el producto tal como le estaría permitido hacer en una tienda.
  2. El consumidor solamente será responsable de la depreciación del producto si tal cosa es consecuencia de haberlo manipulado de forma contraria a lo estipulado en el punto 1.
  3. El consumidor no será responsable de la depreciación del producto si el Empresario no le ha proporcionado toda la información legal obligatoria sobre el derecho de desistimiento antes o en el momento de la firma del contrato.

Artículo 8 Ejercicio del derecho de desistimiento por parte del consumidor

  1. Si el consumidor decide ejercer su derecho de desistimiento, se lo comunicará al Empresario dentro del periodo de reflexión, mediante el formulario modelo de desistimiento o de cualquier otra forma inequívoca.
  2. El consumidor enviará al Empresario el producto rechazado o se lo entregará al (representante del) Empresario con la mayor urgencia posible, pero, en cualquier caso, dentro del plazo máximo de 14 días desde el día siguiente a la comunicación a que se refiere el punto 1. Se considerará que el consumidor ha respetado el plazo de devolución si devuelve el producto antes de que venza el periodo de reflexión.
  3. El consumidor devolverá el producto junto con todos los accesorios que lo acompañen, si es posible en su estado original y con su embalaje original, conforme a las instrucciones del Empresario, que serán razonables y claras.
  4. Al consumidor le corresponde el riesgo y la carga de la prueba del ejercicio correcto y a tiempo del derecho de desistimiento.
  5. El consumidor se hará cargo de los costes directos de la devolución del producto. El consumidor no tendrá que hacerse cargo de los costes de devolución si el Empresario no le ha comunicado que le corresponde al consumidor hacerse cargo de ellos o si el Empresario indica que él mismo se hará cargo de ellos.
  6. Si el consumidor ejerce el derecho de desistimiento, quedarán rescindidos legalmente todos los contratos complementarios.

Artículo 9 Obligaciones del Empresario en caso de desistimiento

  1. Si el Empresario ofrece al consumidor la posibilidad de ejercer el derecho de desistimiento por medios electrónicos, le enviará inmediatamente el correspondiente acuse de recibo tan pronto como reciba la comunicación del consumidor al respecto.
  2. El Empresario devolverá al consumidor todos los pagos que éste haya realizado, incluidos los posibles costes de entrega que el Empresario le haya cobrado por el producto devuelto, de forma inmediata, pero en todo caso dentro del plazo máximo de 14 días desde el día siguiente a aquel en el que el consumidor haya notificado el desistimiento. Salvo que el Empresario se ofrezca a recoger el producto devuelto, podrá retener el reembolso, bien hasta que haya recibido el producto o bien hasta que el consumidor demuestre que ha enviado el producto, en función de cuál de esas acciones haya ocurrido antes.
  3. El Empresario utilizará para el reembolso el mismo método que el consumidor utilizó para el pago del producto, salvo que el consumidor esté de acuerdo con otro método. El reembolso es gratuito para el consumidor.
  4. Si el consumidor ha optado por una modalidad de entrega más cara que la modalidad habitual, el Empresario no tendrá que abonar los sobrecostes aparejados a la modalidad elegida por el consumidor.

Artículo 10 Precio

  1. Durante el plazo de vigencia indicado en la oferta no se incrementará el precio de los productos ni de los servicios ofrecidos, excepto si es como consecuencia de cualquier cambio introducido en el porcentaje del IVA.
  2. Al contrario de lo estipulado en el punto anterior, el Empresario podrá ofrecer con precios variables aquellos productos o servicios cuyo precio esté sometido a las fluctuaciones de los mercados financieros sobre las que el Empresario no tenga influencia alguna. En la oferta se indicará esa vinculación a las fluctuaciones antedichas, así como el hecho de que los precios que se pudieren indicar en la promoción son solo precios indicativos.
  3. Solo se permitirá el aumento de precios dentro del plazo de los 3 primeros meses desde la perfección del contrato si tal cosa ocurre como consecuencia de la aplicación de normas o disposiciones legales.
  4. Los incrementos de precio después de los 3 meses desde la perfección del contrato solo estarán permitidos si el Empresario lo ha estipulado contractualmente y:
    • son como consecuencia de la aplicación de normas o disposiciones legales; o
    • el consumidor tiene la facultad de rescindir el contrato con entrada en vigor en la fecha en que se haya aplicado la subida del precio en cuestión.
  5. Los precios por productos o servicios que se ofrezcan en la oferta incluyen el IVA.

Artículo 11 Pago

  1. Los importes que adeude el consumidor los deberá abonar dentro del plazo de 14 días desde la entrada en vigor del periodo de reflexión a que se refiere el artículo 6, punto 1, siempre que no se haya acordado otra cosa. En el caso de los contratos de prestación de servicios, ese plazo comenzará en el momento en que el consumidor reciba la confirmación del contrato.
  2. El consumidor deberá comunicar inmediatamente al Empresario cualquier error en los datos de pago proporcionados o indicados.
  3. Si el consumidor no cumple a tiempo su(s) obligación/obligaciones de pago y, después de que el Empresario le haya llamado la atención sobre el retraso en el pago y le haya concedido un plazo de 14 días para que proceda al cumplimiento de sus obligaciones de pago, sigue sin cumplir dichas obligaciones al vencimiento de dicho plazo de 14 días, el importe pendiente de pago devengará intereses legales, que deberá abonar el consumidor, así como los posibles gastos de cobro extrajudiciales en que haya tenido que incurrir el Empresario. Dichos gastos de cobro serán como máximo los siguientes: el 15 % de los importes pendientes hasta 2.500 €, el 10 % de los siguientes 2.500 € y el 5 % de los siguientes 5.000 €, con un importe mínimo de 40 €. El Empresario podrá obviar dichos importes y porcentajes en favor del consumidor.

Artículo 12 Conformidad y garantía

  1. El Empresario garantiza que los productos y/o los servicios cumplen con el contrato, con las especificaciones indicadas en la oferta, con los requisitos razonables de fiabilidad y/o utilidad y con las disposiciones legales y/o normas dictadas por la autoridad vigentes en la fecha de perfección del contrato. Si se ha acordado contractualmente, el Empresario también garantiza que el producto es apto para someterlo a un uso no normal.
  2. La garantía emitida por el Empresario, por el fabricante o por el importador no afecta en modo alguno a los derechos legales ni a los créditos que el consumidor pudiere hacer valer frente al Empresario en virtud del contrato.

Artículo 13 Entrega y ejecución

  1. El Empresario observará el máximo cuidado en la recepción y ejecución de los pedidos de productos y en la evaluación de las solicitudes de prestación de servicios.
  2. El lugar de entrega será aquel que el consumidor haya comunicado a empresa.
  3. Con observancia de lo estipulado al respecto en el artículo 4 de estas condiciones generales, la empresa ejecutará los pedidos aceptados por ella con la debida diligencia, pero, en cualquier caso, dentro del plazo máximo de 30 días, salvo que se haya acordado un plazo de entrega más largo. Si la entrega se realiza con retraso, o si una determinada entrega no se va a poder realizar o solo se va a poder realizar parcialmente, se informará de ello al consumidor dentro del plazo máximo de 30 días desde la fecha del pedido. En ese caso, el consumidor tendrá derecho a rescindir el contrato sin costes para él y a reclamar una indemnización por daños y perjuicios si ha lugar.
  4. Si se produce la rescisión del contrato en virtud del punto anterior, el Empresario reembolsará inmediatamente al consumidor el importe que éste haya abonado.
  5. El riesgo de daños y/o extravío de los productos recaerá en el Empresario hasta el momento de la entrega al consumidor o al representante que éste haya designado y notificado al Empresario previamente, salvo que se haya acordado expresamente otra cosa.

Artículo 14 Finalización y prórroga

  1. El Empresario tendrá derecho a rescindir por escrito el contrato, con efectos inmediatos, total o parcialmente, sin necesidad de requerimiento escrito ni de intervención de los tribunales y sin verse obligado a indemnización o compensación de ningún tipo:
    • si la contraparte solicita concurso de acreedores;
    • si una de las partes solicita su propia declaración de quiebra, si dicha declaración de quiebra ha sido solicitada por un tercero o si se ha dictado dicha quiebra;
    • si se ha embargado (parte del) patrimonio de otra parte;
    • si se considera que la contraparte ha dejado de ser capaz de cumplir sus obligaciones.
  2. Ambas partes tienen derecho a rescindir el contrato total o parcialmente si la contraparte incumple de forma imputable sus obligaciones contractuales y, tras haber recibido por correo certificado un requerimiento por escrito claro y detallado, en el que se le ofrezca un plazo de al menos 14 (catorce) días para que cumpla dichas obligaciones, sigue incumpliendo de forma imputable sus obligaciones contractuales.
  3. Si en el momento de proceder a la rescisión del contrato el consumidor ya ha recibido productos o servicios en ejecución del contrato, esos productos o servicios, junto con la correspondiente obligación de pago, no serán objeto de anulación, salvo que el Empresario haya incurrido en incumplimiento con respecto a esos productos o servicios. Los importes que el Empresario haya facturado antes de la rescisión en concepto de productos o servicios que ya haya entregado o prestado en ejecución del contrato, se deberán abonar y serán directamente exigibles en el momento de la rescisión del contrato.
  4. Los contratos por tiempo definido cuyo objeto sea el suministro regular de productos (incluida la electricidad) o la prestación regular de servicios no podrán ser prorrogados ni renovados tácitamente por un determinado periodo de tiempo.

Artículo 15 Cuenta y Plataforma

  1. El Consumidor puede crear una Cuenta personal en la Plataforma.
  2. Una vez registrado el Consumidor, el Empresario le entregará los datos de identificación necesarios para acceder a su Cuenta en la Plataforma. El Consumidor obtiene solamente el derecho de uso de la Cuenta.
  3. Los datos de identificación y el uso de la Cuenta y de la Plataforma los Servicios [sic] son estrictamente personales. El Consumidor deberá tratar sus datos de identificación de forma estrictamente confidencial y secreta.
  4. El Consumidor adoptará medidas adecuadas para detectar, reducir y evitar la pérdida y/o el abuso de sus datos de identificación.
  5. La pérdida o el abuso de los datos de identificación y/o el abuso de la Cuenta y/o de la Plataforma deberán ser inmediatamente comunicados al Empresario. El empresario no es responsable de (las consecuencias de) la pérdida de datos de identificación ni del abuso de los datos de identificación del Consumidor por parte de terceros.
  6. El Consumidor es responsable del uso de la Cuenta y de la Plataforma, incluyendo el uso por parte de terceros a los que él haya dado acceso a la Cuenta. El consumidor exime al Empresario de cualquier tipo de uso de la Cuenta y de la Plataforma, y de cualquier tipo de reclamación de terceros con motivo de dicho uso.
  7. El empresario tiene derecho en todo momento a cerrar la Cuenta y/o la Plataforma, y/o el acceso a ellas o a restringir total o parcialmente sus funcionalidades, sin necesidad de dar razones, temporalmente o por tiempo indefinido y sin obligación de indemnización al Consumidor.
  8. El Empresario tiene derecho en todo momento a restringir y/o finalizar el derecho de uso de la Cuenta y/o la Plataforma, y/o a bloquear la Cuenta y/o los datos de identificación del Consumidor, si el Consumidor actúa contrariamente a cualquier cláusula de estas Condiciones Generales y/o del Contrato.
  9. El empresario no garantiza que la Cuenta y/o la Plataforma estén libres de defectos y que vayan a funcionar sin interrupciones.
  10. El Empresario no garantiza que la Cuenta y/o la Plataforma estén disponibles en todo momento ni que la Cuenta y/o la Plataforma funcionen siempre sin fallos.

Artículo 16 Protección de datos personales y de datos confidenciales

  1. Cabe la posibilidad de que el Empresario procese datos personales del Consumidor, o proporcionados por el Consumidor, en el marco del registro y/o del uso de la Cuenta y/o la Plataforma, y en el marco del contrato.
  2. Los datos personales se procesan conforme a la legislación de aplicación, todo ello de acuerdo con las Condiciones de Confidencialidad del Empresario, con las que el Consumidor se declara conforme al registrarse para crear una Cuenta y en la perfección del Contrato a distancia.
  3. Todos los empleados que trabajan a las órdenes del Empresario y que tengan acceso a los datos personales están sujetos por escrito a la obligación de guardar secreto.

Artículo 17 Derechos de propiedad intelectual

  1. Todos los derechos de propiedad intelectual sobre la Cuenta y/o la Plataforma y, por lo demás, sobre todo aquello que se obtenga en virtud del Contrato a distancia, le corresponden exclusivamente al Empresario o a sus licenciantes.
  2. Salvo que esté permitido en virtud del derecho imperativo, el Consumidor no podrá modificar, reproducir ni descompilar la Cuenta ni la Plataforma, ni aplicarles métodos de ingeniería inversa. El Consumidor tampoco está autorizado a llevar a cabo ningún tipo de actuación con el objetivo o la intención de averiguar o adquirir el código fuente de la Plataforma, ni recurrir ni ayudar a terceros en dichas prácticas ni [sic] ninguna indicación relativa al carácter confidencial y secreto del modus operandi.
  3. El Empresario podrá adoptar medidas técnicas de protección de sus derechos de propiedad intelectual. No se podrán eliminar ni eludir los sistemas de seguridad introducidos por el Empresario.

Artículo 18 Obligación de reclamación por productos entregados

  1. Si un producto entregado en virtud del contrato no cumple con lo estipulado en dicho contrato, el consumidor se lo deberá notificar al Empresario dentro de un plazo razonable después de descubrir dicha circunstancia o después de que razonablemente debería haberla descubierto. Se considerará, en todo caso, que dicha notificación se ha presentado dentro de plazo si el consumidor informa al respecto al Empresario por escrito y dentro del plazo de dos meses desde el antedicho descubrimiento.
  2. Las reclamaciones recibidas por el Empresario serán respondidas dentro del plazo de 14 días desde la fecha de su recepción. Si el Empresario prevé que una determinada reclamación va a requerir un plazo de trámite más largo, enviará al consumidor dentro de dicho plazo de 14 días un acuse de recibo y le indicará cuándo se le podrá dar una respuesta más detallada.

Artículo 19 Responsabilidad

  1. El Empresario rechaza cualquier responsabilidad por el posible incumplimiento del contrato si el consumidor no ha cumplido su obligación de reclamación a que se refiere el artículo 18.
  2. El Empresario rechaza cualquier responsabilidad por el incumplimiento de la obligación de indemnización si dicho incumplimiento está provocado por fuerzas de causa mayor. Por el concepto de causas de fuerza mayor se entenderá lo estipulado en el artículo 20 de las presentes condiciones generales.
  3. El Empresario limita su responsabilidad al máximo autorizado por el derecho imperativo aplicable a cada situación que cause daños al producto.        
  4. El Empresario es responsable de los daños causados por defectos en el producto, salvo:
    • que el Empresario no haya puesto en circulación el producto en cuestión;
    • que, teniendo en cuenta las circunstancias, sea plausible que el defecto que haya causado los daños no existiera en el momento en el que el producto fue puesto en circulación o que dicho defecto se haya producido después de ese momento;
    • que el defecto sea consecuencia del hecho de que el producto cumpla con las normas imperativas dictadas por la autoridad;
    • que, en virtud de los conocimientos científicos y técnicos, fuera imposible que el Empresario pudiera descubrir el defecto en el momento de poner en circulación el producto;
    • que, por lo que respecta a la producción de una materia prima o la fabricación de un componente que forme parte de un producto, el defecto se deba al diseño del producto que contenga dicha materia prima o dicho componente, o que se deba a las instrucciones entregadas por el fabricante del producto.

Artículo 20 Fuerzas de causa mayor

  1. Por fuerzas de causa mayor se entiende cualquier incumplimiento no imputable al Empresario debido al hecho de que dicho incumplimiento no sea culpa suya ni corra por su cuenta en virtud de la ley, de acto jurídico [sic] o de los conceptos habituales en las relaciones sociales.
  2. El Empresario podrá suspender la ejecución del contrato mientras duren las causas de fuerza mayor.
  3. Si las causas de fuerza mayor duran más de 90 (noventa) días, cualquiera de las partes podrá rescindir el contrato sin obligación de indemnización mutua. En ese caso se facturará todo aquello que se haya realizado en el marco del contrato hasta el momento.

Artículo 21 Traspaso de derechos y obligaciones

  1. El consumidor no podrá traspasar a terceros derechos ni obligaciones contractuales sin la autorización previa del Empresario. El Empresario podrá traspasar a terceros derechos y obligaciones contractuales. El consumidor podrá rescindir el contrato por escrito si el Empresario traspasa sus derechos o sus obligaciones a terceros.

Artículo 22 Condiciones de Ingenico

  1. El Empresario entrega al consumidor las condiciones generales de Ingenico. El consumidor declara que está de acuerdo con la realización de pagos por parte de Ingenico y también con las condiciones generales de Ingenico que le ha entregado el Empresario.

Artículo 23 Miscelánea

  1. Aunque alguna estipulación del contrato y/o de estas Condiciones de Uso sean nulas o sean susceptibles de anulación, el resto de estipulaciones seguirán siendo de aplicación íntegra. El Empresario fijará una nueva estipulación teniendo en cuenta en la medida de lo posible el espíritu de la estipulación nula o anulada.
  2. El hecho de que el Empresario no recurra en un determinado momento a un determinado derecho o facultad que le corresponda en virtud del contrato no significará que renuncia a dicho derecho ni a dicha facultad.
  3. Las estipulaciones de este contrato y de estas condiciones generales que, teniendo en cuenta su naturaleza, estén destinadas a seguir siendo de aplicación después de la finalización del contrato, seguirán siendo de aplicación íntegra a la finalización del contrato.
  4. A este contrato será de aplicación la legislación neerlandesa. 



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